Manifiesto en defensa del patrimonio histórico. No a la ley 1/13 de la Comunidad de Madrid

Por mcypweb, Lun, 29/04/2013 - 21:34

Os hacemos una llamada urgente y de suma importancia en defensa del patrimonio madrileño.

 

Ante la grave amenaza que supone para el patrimonio histórico madrileño la nueva ley 1/13 que está fraguando en solitario, y sin consenso alguno, la Comunidad de Madrid, os animamos a que firméis el prsente manifiesto (a título individual o como asociación/plataforma), y nos lo remitáis a Madrid, Ciudadanía y Patrimonio, así como que firméis en la recogida a través de CHANGE.ORG

A continución os resumimos las mayores amenazas que presenta la nueva ley 1/13:

  • Abuso de los silencios administrativos positivos, por los que se da el visto bueno a la intervención sobre bienes protegidos si en el reducido plazo fijado (2 meses) no se ha resuelto sobre el proyecto de actuación.

  • Plazos exiguos en la relación con la administración, obviando de este modo los informes preceptivos y vinculantes de la ley vigente: 30 días para informes de impacto ambiental y sobre actuaciones en bienes protegidos, y un mes para informes de Planes Urbanísticos.

  • Supresión de las Comisiones de Patrimonio, eliminando opiniones cualificadas y consensuadas en las decisiones sobre licencias de obra en Conjuntos Históricos y entornos de monumentos.

  • Eliminación de la realización de Planes Especiales, que se orientaban a la gestión urbanística, a los usos del suelo y a la protección del Patrimonio dentro de los municipios.

  • Eliminación del Dominio Público para el Patrimonio Arqueológico Inmueble, lo que contraviene de forma directa al artículo 132.3 de la Constitución Española y otra normativa vigente.

  • No adaptación a la Declaración de Valetta de 1992, ratificada por España en 2011 y de obligado cumplimiento según nuestra Constitución, que regula la protección del patrimonio arqueológico y la divulgación y difusión del mismo.

  • Anulación de la participación ciudadana, en lo referido a la promoción, protección y disfrute del Patrimonio Histórico, por ejemplo con la eliminación de la capacidad para impulsar el expediente de incoación para la declaración de Bienes de Interés Cultural, o con la reducción de visita a los bienes de titularidad privada, limitando un derecho recogido por la Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español.

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