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Aquí encontrarás toda la información sobre nuestra asociación, así como sobre las actividades que llevemos a cabo.

A continuación te destacamos las últimas novedades de la asociación Madrid, Ciudadanía y Patrimonio:

PLAZA DE DALÃ: LA COMUNIDAD DE MADRID PROTEGE FACHADAS PERO NO RECUPERA EL SUELO

El lunes 23 de agosto se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Resolución de 13 de Julio del Director General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa expediente de inclusión en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid, a favor del conjunto escultórico monumental El Dolmen de Dalí, en Madrid, expediente aignado 12/2010 IIBC Inmuebles, al que se anexa la descripción del bien, la delimitación del entorno y el plano de delimitación.

Esta resolución obedece al cumplimiento de las sentencias de 17 de mayo de 2007 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por el cual se declaraba “bien inmueble” a El Dolmen de Dalí y ordenaba la delimitación del entorno de protección, sentencia ratificada en casación el 22 de julio de 2009 por el Tribunal Supremo. Estos fallos responden al recurso contencioso-administrativo que la Plataforma Ciudadana en Defensa de El Dolmen de Dalí interpuso en 2003, solicitanto entre otros puntos, la declaración como bien inmueble del monumento.

Es decir, El Dolmen de Dalí estaba incluido oficialmente en el Inventario de Bienes Culturales de la CAM desde el 24 de octubre de 2003, pero era considerado “bien mueble”. Esto significaba que era posible su traslado y que no había nada a su alrededor que tuviera que ser protegido o conservado con vistas a la apreciación y disfrute del monumento. Al ser declarado “bien inmueble” el monumento no se puede mover y al tiempo genera un “entorno de protección”, que son el espacio y los elementos que se consideran oportunos para la correcta apreciación artística del mismo. Ha sido el movimiento ciudadano el que ha conseguido este triunfo.

Como era de esperar, la DGPH-CAM, fiel a sus objetivos, ha aprobado una resolución tacaña con Dalí y con los madrileños. Sigue definiendo el conjunto monumental El Dolmen de Dalí como simplemente escultórico, es decir, sólo integrado por dolmen, estatua y pedestal, sin admitir el enlosado que los acompañaba de forma natural. Es más, en un alarde de incompetencia, olvidan otro elemento fundamental que ya en 2004 tuvieron que reconocer, a petición de la Plataforma, como parte del mismo: la losa circular que con la firma de Dalí marca el baricentro del dolmen y señala el punto de encaje de toda la obra.

El entorno protegido por la Resolución comprende la Plaza de Salvador Dalí, la Av. Felipe II desde el Palacio de los Deportes a la C/ Fernán González, y la C/ Antonia Mercé. El espacio urbano y las fachadas afectadas. ¿Por qué no se ha llegado a la C/ Narváez, cuando es evidente que cuando se construyó la Plaza en 1986 todo ello era un conjunto unitario?

Y respecto al famosísimo enlosado, ¿cómo es que no se ordena su recreación original al menos en el entorno declarado de protección? Podemos vivir la paradoja de que los derechos histórico-artísticos generados por la obra de Dalí sirvan en realidad para proteger lo que hizo Patxi Mangado, el arquitecto que quería destruir la Plaza de Dalí.

La Resolución se basa en una Memoria Técnica realizada en Diciembre de 2009 por la empresa BAB Arquitectos SLP, contratada por la DGPH-CAM. Este equipo reconoce que es “la única obra de Dalí aun vivo que se instaló en Madrid” y que “su interés histórico-artístico es indudable e indiscutible, no solo por el prestigio universal de su autor, sino porque el conjunto monumental se ajusta, define y desarrolla perfectamente el mundo daliniano”.

Estos técnicos reconocen que “el mundo creativo de Dalí está plasmado en esta obra, que se ajusta a las tendencias surrealistas. La libertad y originalidad de Dalí hacen de esta creación una obra excepcional”.

Incardinan el dinamismo del Newton en el “realismo mágico” que “contrasta con la inmovilidad petrificada del dolmen”. Aprecian el Newton como “sublimación del conocimiento. Esta perfección lo aleja de lo putrefacto y degradado, por lo que se presenta eviscerado”.

Incluso admiten que en sus creaciones Dalí “crea un espacio-atmósfera y una realidad simbólica de gran valor estético”. Reseñan una frase de artista coherente con este monumento: “Firmando como Gala-Dalí no hago más que dar nombre a una verdad existencial, porque no existiría sin mi gemela Gala”.

Si ya es palpable la admiración que les provoca el llamado conjunto escultórico, ¿qué pensarían estos técnicos si les hubieran dejado considerar el enlosado, que multiplica los aspectos artísticos, simbólicos, significativos y urbanísticos del monumento?

Porque esa es otra, de nada ha valido la colaboración que la Plataforma está ofreciendo a la DGPH-CAM desde hace años. Muchos de los documentos que se han facilitado para resolver esta resolución no aparecen en el expediente. No constan los planos originales, ni los estudios realizados, ni siquiera las peticiones de acceso al expediente que se han repetido en el último año. La Memoria de BAB tiene fecha de Diciembre 2009. Hay que esperar a Mayo de 2010 para que una historiadora contratada resuma en tres páginas la Memoria, y curiosamente, el Dtor. Gral. De Patrimonio no encuentra tiempo de firmar la Resolución hasta que se presenta un nuevo y demoledor informe por la Plataforma. Resolución publicada en agosto, cuando ni siquiera hay administrativos para hacer fotocopias en la DGPH.

La Plataforma en Defensa de El Dolmen de Dalí va a presentar alegaciones a esta Resolución, que es muy pobre y mezquina, y seguirá con su lucha hasta conseguir lo que merecen Dalí, Tierno Galván y los madrileños:

  • Que se reconozca que el pavimento original forma parte del monumento.
  • Que se reconstruya íntegramente.
  • Que sea declarado Bien de Interés Cultural y conocido en todo el mundo.

2010-08-23 BOCM - BIC - Dolmen de Dali

Madrid, 24 de agosto de 2010

 

Plataforma Ciudadana en Defensa de El Dolmen de Dalí

Integrada en Madrid, Ciudadanía y Patrimonio

Contacto: Juan Antonio Aguilera Díaz

Tlf: 650 79 86 95

www.plazadedali.com

www.madridciudadaniaypatrimonio.org

www.expodolmendali.com

 

El hermano italiano del Beti-Jai

Gracias a un comentario en el blog NOSOLOMETRO hemos descubierto un hermano del Beti-Jai en Italia. Además un hermano que es ejemplo de lo que se podría llegar a hacer en el Beti-Jai con un poco de sensibilidad y buen criterio. Se trata del Sferisterio de Macerata, una pequeña localidad del este de Italia.

Sferisterio de Macerata (Italia)
Sferisterio de Macerata (Italia)
Sferisterio de Macerata (Italia)
Sferisterio de Macerata (Italia)

Construido con donaciones de la rica burguesía de la ciudad como reza en su facahada («Ad ornamento della città, a diletto pubblico. La generosità di cento consorti edificò. MDCCCXXIX»), en él se jugaba a "Pallone col Bracciale", una antigua modalidad italiana del juego de pelota, considerada como deporte nacional entre mediados del siglo VXI y principios del XX. El Sferisterio, que pasa por ser una de las estructuras más prominentes del estilo neoclásico europeo, fué también en el pasado escenario de corridas de toros durante la época de los Estados Pontificios.

Sferisterio de Macerata (Italia)

Se comenzó a construir el 2 de octubre de 1820, bajo diseño del joven arquitecto Ireneo Aleandri, y fué inaugurado el 5 de octubre de 1829. La harmoniosa estructura del edificio fué cuidadosamente diseñada para cubir las necesidades de actividades deportivas que tan populares fueron a comienzos del siglo XIX. Consta de una enorme cancha (90 x 36 metros) cerrada en uno de sus laterales por un graderio curbo rematado con balcones ubicados entre 56 grandes columnas de estilo dórico. Enfrente un gran muro de 18 metros de alto y 90 de largo que era necesario para jugar al "Pallone col Bracciale".

Sferisterio de Macerata (Italia)
Sferisterio de Macerata (Italia)
Sferisterio de Macerata (Italia)
Sferisterio de Macerata (Italia)

Hasta 1920 fué escenario de partidos de "Pallone col Bracciale", espetáculos cirquenses, partidos de futbol del equipo de la localidad y demás eventos deportivos. En 1921 inaugura su época de teatro de la ópera con la representación de Aida de Verdi, dejando atrás casi 100 años de actividades deportivas. A partir de 1967, gracias a las gestiones del ayuntamiento, el Sferisterio acoge con regularidad numerosos eventos relacionados con la ópera y la lírica. En los 70 y 80 fué sede del “Festival Internazionale del Jazzâ€. En los 90 se suma el “Musicultura Festivalâ€. Y finalmente, en la primera década del siglo XXI acoge el "Sferisterio Opera Festival"

Todo esto que os hemos contado sobre el Sferisterio de Macerata nos permite volver a afirmar que, en esencia, un frontón como el Beti-Jai puede ser utilizado como un espacio multiusos o polivalente, donde realizar todo tipo de actividades culturales y deportivas. Recordemos que un frontón no deja de ser un graderío, que puede aumentar o reducir su aforo con gradas móviles, alrrededor de un gran espacio vacío. En el caso del Sferisterio, se perdió el uso como frontón. En el caso del Beti-Jai aspiramos a que el juego de pelota tenga su espacio en la futura programación de actividades culturales y deportivas.

Enlaces relacionados:

Plataforma Salvemos el Frontón Beti-Jai de Madrid

Nuevo impulso a la petición BIC de la Plaza de Dalí

Esta mañana, la Plataforma Ciudadana en Defensa de El Dolmen de Dalí, integrada en la Asociación "Madrid, Ciudadanía y Patrimonio", ha presentado ante la Dirección General de Patrimonio Histórico Artístico el informe realizado por Alfonso Güemes, Arquitecto autor del proyecto técnico de construcción de la Plaza de Salvador Dalí, configurada por el conjunto monumental El Dolmen de Dalí.

En el citado informe se pone de manifiesto que el pavimento original de la Plaza de Dalí se ejecutó en todo momento siguiendo las indicaciones de Don Salvador Dalí, y que formaba una unidad indisoluble junto con la estatua y el Dolmen que componen el conjunto monumental denominado “El Dolmen de Dalíâ€, incluido en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid.

Está perfectamente acreditado que el Sr. Güemes fue ejecutor del proyecto realizado en su día de la Plaza de Dalí, la única actuación urbanística del genio universal en todo el mundo, que lo visitó en numerosas ocasiones durante la planificación y ejecución de las obras, que dirigió las mismas y estuvo al corriente de todos los acontecimientos y avatares producidos, por lo que su testimonio resulta de todo punto relevante y decisivo.

Tras afirmar que Dalí “sabía del perfecto trazado en forma de tridente, que concreta la Av. De Felipe II con la C/ Antonia Mercé, y también que su pilar vertical se orienta hacia la salida del solâ€, afirma que “para ese espacio y no otro, y en su exacta ubicación actual, el genio quiso que allí estuviera el conjunto formado por el Dolmen, una figura humana en actitud de caminar y un pavimento de ejes longitudinales y círculos que acentuaban el carácter surrealista del conjunto.â€

Igualmente recoge en su informe que “otra de las piezas fundamentales del proyecto es el solado, diseñado e interpretado por el equipo técnico según las ideas de Dalíâ€, describiendo a continuación el pavimento que el artista había imaginado y que el equipo técnico plasmó, de la siguiente forma: “Los Rayos de piedra negra que partían del Dolmen, de su Centro de Gravedad, lo hacían a modo de una explosión cósmica, que se extendían hacia el final de la plaza. Círculos que, partiendo también de dicho centro de gravedad, eran como las ondas que se esparcen sobre una superficie líquida, superficie solidificada en círculos en un determinado momento de su fluir; ondas que se van difuminando hacia el fondo de la Plaza y que se convierten en grupos armónicos de líneas rectas que parecen llegar hasta el infinito...

Este era, en grandes líneas, el significado poético -no podía ser de otra manera- del concepto artístico que  tenía Salvador Dalí para su Plaza. El equipo técnico se volcó personal y profesionalmente para plasmarlo y realizarlo, acertando en la interpretación de la voluntad del genio, de tal manera que Dalí dio su conformidad al proyecto, a los planos y a la ejecuciónâ€.

Tras lamentar la destrucción del pavimento concluye que “contemplando el plano del solado original, se pone de manifiesto la naturaleza unitaria del diseño del suelo y su verdadera dimensión.

Consideramos que las declaraciones contenidas en el informe constituyen un documento de suma importancia y un paso decisivo para la adecuada comprensión de la obra daliniana, de su verdadera magnitud y de su enorme relevancia que la hace digna de la mayor protección.

Por ello, se han solicitado, entre otras peticiones:

PRIMERO. Que se tenga por interpuesto recurso extraordinario de revisión contra la contra la Resolución de 24 de octubre de 2003 de la Dirección General de Patrimonio Histórico, por la que se incluye en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid al Conjunto Escultórico denominado “El Dolmen de Dalíâ€, así como contra la Orden de 13 de abril de 2004 de la Consejería de Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Madrid que estima solo parcialmente los Recursos de Reposición correspondientes, con la finalidad de que se revise la Resolución citada y se incluya como parte integrante del Monumento el pavimento original de diseño especial y disposición, ordenando la reposición del mismo, sin perjuicio de delimitar el entorno de protección, que ha de ser, tal como se desprende claramente de todos los documentos obrantes en esas dependencias, y sin perjuicio de otras consideraciones, al menos la forma especial de la línea de viviendas que circundan la plaza de Salvador Dalí y la Avenida de Felipe II.

SEGUNDO. Que sin perjuicio de estimar la petición anterior, y para mayor protección del conjunto monumental, se proceda a la incoación de expediente de Declaración de Bien de Interés Cultural de la Plaza de Salvador Dalí, en Madrid que incluya el Dolmen, la estatua y el pedestal y el pavimento original de diseño especial especial y disposición radial en el sentido expresado por el informe de Don Alfonso Güemes de 14 de julio de 2010 y demás documentación obrante en esas dependencias.

Debemos recordar que esta obra de Dalí es un proyecto urbanístico que ocupa más de 12.000 m2 y alberga el dolmen más alto del mundo. Una obra única que merece la más alta protección.

Madrid, 15 de julio 2010

 

www.plazadedali.com

La Casa de Campo declarada Bien de Interés Cultural

La Plataforma Salvemos la Casa de Campo celebra la declaración como Bien de Interés Cultural de este enclave natural y espera que suponga la solución de problemas de protección del mayor parque urbano de Europa

La decisión de la Comunidad de Madrid acaba con el tortuoso camino que ha tenido que seguir este trámite legal para proteger este enclave natural. Desde que Felipe II inició la adquisición de terrenos para zona de caza, en 1562, hasta ahora han transcurrido más de cuatro siglos. Desde la entrada masiva y gozosa de madrileños el 1 de mayo de 1931 a este recinto, de exclusivo uso de la Monarquía han pasado demasiados años para que sea protegida.

Fue, sin embargo, en este siglo XXI en el que los rifirrafes entre la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid los que han producido un retraso inexplicable en su declaración como BIC. En este periodo de indefinición legal se han registrado serios daños en el patrimonio histórico de la Casa de Campo.

Las obras de la M-30 han arrasado con señas de identidad bajo la vitola de modernidad que parece imprimir esta costosa obra para Madrid. Quizás con está declaración de BIC no habrían trasladado y desvirtuado la Puerta del Río, ni hubieran enterrado las Caballerizas de Juan de Villanueva, ni tampoco hubieran acabado con el túnel que comunicaba el Palacio Real con el Palacete de los Vargas, por medio del modificado Puente del Rey (llamado así en honor José Bonaparte, el llamado “Pepe Botellaâ€), por donde transitaba en aquellos años de ocupación francesa,..Muchos otros vestigios no habrían sido maltratados y destruidos en estos años de supuesta modernidad.

A partir de ahora la Plataforma Salvemos la Casa de Campo y las entidades y personas que desde 1991 vienen luchando por este parque, van a actuar de forma más vigilante para que la normativa legal que, formalmente, le protege sea un escudo real ante las numerosas agresiones y problemas de gestión que padece y que han sido transmitidos al Ayuntamiento de Madrid.

 

Plataforma Salvemos la Casa de Campo

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